Se formula la siguiente pregunta a cualquier lector;
¿Conviene relajar los controles en los PIF (Puntos de Inspección Fronteriza) españoles a productos destinados a su despacho de importación en otro país de la UE?
Relajar los criterios de entrada en los puertos españoles a mercancías de terceros cuyo destino es otro país miembro de la UE, permitiría reasignar recursos a otras necesidades aduaneras y para no duplicar un control que ha de producirse en la aduana de despacho del país de destino dentro de la UE. Este personal funcionario o laboral podría reorientarse desde una tarea burocrática duplicada a otras tareas que hagan más fluido el flujo de mercancías, reduzca demoras o colabore en el apoyo a exportadores pequeños como las PYMEs.